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CONTRATO OCASIONAL DE TRABAJO

  • Foto del escritor: BibiMoR94
    BibiMoR94
  • 13 sept 2019
  • 1 Min. de lectura

Tiene como fin adquirir un servicio distinto a las labores ordinarias de la entidad, no puede ser superior a 30 días, el empleado no tiene derecho a ningún tipo de prestación social.

Los contratos no laborales se denominan contrato por prestación de servicios mediante el cual no se genera relación laboral ni obliga a la empresa a pagar prestaciones sociales, la persona contratada deberá pagar estas prestaciones como independiente, adicionalmente al no existir subordinación el contratista no está obligado a cumplir horarios.

 
 
 

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Tel: 319 393 0975

bibimor94@gmail.com

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©2019 Bibian Morales Ramirez. Creado con Wix.com

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