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Al igual que los contratos a término indefinido el empleado goza de todos los beneficios de ley en cuanto a prestaciones sociales, la diferencia radica en que se pacta un tiempo de trabajo que podrá ser desde un día hasta máximo 3 años, pudiendo ser renovado sucesivamente sin que pierda su esencia.
Cuando se quiera dar por terminado se tendrá que dar aviso con 30 días de anticipación, de no hacerse así se dará por entendido que el contrato se renovó por el mismo tiempo. Cuando el empleado sea despedido sin justa causa deberá ser indemnizado con los salarios faltantes para la finalización del contrato.
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